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Qualityonline > Blog > ¿Cómo tributan las criptomonedas en 2023?

 

Parecía que este año se publicarían las nuevas obligaciones informativas sobre las criptomonedas, pero aún no se ha oficializado la orden ministerial que da luz verde a esa novedad. Aun así, se mantienen intactas las obligaciones fiscales ya vigentes para los criptoactivos. ¿Cuáles son? ¿Cómo debes declarar las criptomonedas en 2023?

¿Por qué han retrasado la obligación de declarar por criptomonedas a 2024?

No se sabe con exactitud el motivo de este retraso. Algunas fuentes apuntan a “motivos de calendario” de la Agencia Tributaria mientras que otras señalan a la intensa actividad que desarrolla Hacienda durante los primeros meses del año. Sea como fuere, de cara a 2024 será de obligado cumplimiento lo siguiente:

• Modelo 721

Derivado del ahora obsoleto modelo 720. Este modelo deben presentarlo todos los contribuyentes con saldos en criptomonedas superiores a los 50.000 euros.  En él es necesario incluir los datos personales del usuario junto con la dirección pública que identifica al monedero electrónico declarado, así como las unidades de criptomonedas existentes al inicio y al final del ejercicio.

Modelos 172 y 173

Los modelos 172 y 173 se centran en las empresas con residencia fiscal en España que sean partícipes en el mercado de las criptomonedas: agencias de intercambio, monederos virtuales, sociedades que lancen ofertas iniciales de criptoactivos, etc. Todas esas empresas tendrán la obligación de presentar estos modelos informando de las operaciones que realicen tanto en España como en el extranjero:

  • Adquisición.
  • Transmisión.
  • Permuta.
  • Transferencias.
  • Pagos.

Además del tipo de operación realizada, deberán aportar otros datos adicionales relativos a las mismas: identificación fiscal, volumen, importes, etc.

¿Cómo tributan las criptomonedas en 2023?

El retraso en la nueva regulación sobre las criptomonedas no significa que hayan desaparecido las obligaciones fiscales sobre este tipo de activos. Es obligatorio incluir en la Declaración de la Renta las ganancias derivadas de la operativa con criptomonedas, siendo opcional (pero recomendable) reflejar las pérdidas para así poder compensarlas en un futuro.