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¿Qué podemos hacer ante empleados (o ex-empleados) que falsean o mienten en su perfil de LinkedIn?

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PREGUNTA

Hace unos meses despedimos por ciertas irregularidades a un trabajador que ocupaba el puesto de Director Financiero. A día de hoy, en su perfil de LinkedIn sigue figurando como su ocupación actual, es decir, como si siguiera teniendo ese cargo en nuestra empresa, algo que puede dañar nuestra imagen ante terceros. ¿Hay algo que podamos hacer?


RESPUESTA

Cada vez es más frecuente encontrarse el caso de empleados (o ex empleados) que en sus perfiles en redes sociales hacen constar un cargo que o bien no se corresponde con la realidad (por ejemplo, un empleado de base que se presenta como responsable de x departamento), o bien han dejado de prestar sus servicios para la empresa en cuestión (como parece ser su caso) o bien exageran o “maquillan” el cargo o responsabilidades que realmente tienen en la compañía en la que trabajan.

A la hora de afrontar esta situación, su margen de actuación dependerá de si se trata de un empleado que presta sus servicios actualmente en la compañía o de un ex empleado. Si es un ex trabajador, entonces no es posible emprender ningún tipo de acción desde el punto de vista laboral (jurisdicción social) por lo que deberá acudir a la vía civil.

Como paso previo es aconsejable enviar una notificación fehaciente (por ejemplo, burofax) al ex trabajador en la que le requiera que elimine la mención a su empresa, que modifique los datos que constan en su perfil y ponga los correctos o bien que haga constar expresamente que ya no trabaja en su compañía (por ejemplo, indicando la fecha de salida de la misma). Si el ex empleado se niega a acceder a su petición, entonces no le quedará más remedio que recurrir a la vía judicial.

Además, su empresa también puede enviar una notificación a LinkedIn y presentar una queja formal a través de su formulario “Notificación por falso perfil”, que se puede rellenar y enviar directamente de forma online a través de la web de LinkedIn.

Por su parte, si se trata de un empleado que presta sus servicios actualmente para su empresa, además de instarle a corregir o eliminar los datos falsos o inexactos, también podrá sancionarle disciplinariamente por transgresión de la buena fe contractual. Ahora bien, salvo que se trate de un caso especialmente flagrante y en el que su empresa pueda acreditar que se ha causado un perjuicio grave a la compañía, no es aconsejable recurrir al despido disciplinario por falsear o mentir en las redes sociales, ya que es muy probable que un juez declarara improcedente el despido por considerarlo una sanción desproporcionada.

¡Atención!

¿Se ha planteado su empresa regular el uso de las redes sociales por parte de sus empleados? ¿Qué posibilidades tiene, por ejemplo, a la hora de sancionar a un empleado que difame, vierta rumores o critique a su compañía, a sus directivos o a compañeros de trabajo, aunque lo haga desde un dispositivo personal y fuera del horario laboral?

 

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